Desde el 1 de junio de 2013, en cumplimiento del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio.
Nuestros técnicos pueden evaluar el consumo energético de su vivienda o negocio, identificando los puntos débiles del edificio y proponiendo los cambios que pueden ayudarle a reducir sus facturas de electricidad o gas. Un estudio energético exhaustivo no sólo le servirá para cumplir con la legislación vigente, sino que le ahorrará costes mensuales.